martes, 17 de septiembre de 2019

PEDERASTIA SILENCIADA POR LOS JESUITAS

Tomado de elperiodico.com

Los hermanos Jordi y Oriol de la Mata han presentado una querella contra los que fueron rector y jefe de estudios, dos profesores, un auxiliar y -como responsables civiles subsidiarios- contra el colegio Sant Ignasi, la Compañía de Jesús, la Fundación Jesuïtes Educación. El escrito ya sido recibido por un juzgado de instrucción de Barcelona que, de momento, ha pedido a los querellantes que ratifiquen la acusación: por un delito de omisión de perseguir actos delictivos.

Mireia Balaguer, abogada particular, defiende en su escrito que, aunque los abusos sexuales sucedieran hace años y hayan prescrito, quienes sabían que ocurrieron seguían teniendo la obligación de comunicarlo a los autoridades sin importar el tiempo transcurrido. "Ese deber, el de denunciar, no se extingue", explica la letrada.

La querella se sostiene sobre dos indicios. El primero es el relato de uno de los querellantes, Jordi de la Mata, que en su denuncia policial explica que él informó personalmente a varios profesores del colegio sobre lo ocurrido y que la reacción de estos fue la de censurar, incluso con algún manotazo, esa revelación. El segundo es una grabación telefónica -adjuntada como prueba- que de la Mata efectuó de una conversación un directivo de los Jesuitas. Durante esta, el directivo jesuita reconoció a de la Mata que la organización tenía constancia desde hacía mucho tiempo de la pederastia de Pere Sala, el profesor que abusó gravemente tanto de él como de su hermano durante años, y que incluso por este motivo fue apartado temporalmente de la enseñanza lectiva.

De entrada, el juez que analice la querella y que debe admitirla o rechazarla deberá valorar si, como sostiene la abogada de los hermanos De la Mata, el delito de omisión de perseguir acciones delictivas no prescribe, como sí sucede con los abusos sexuales. La letrada detalla en el escrito que este tipo de delito es de carácter "permanente". Por tanto, solicita que se investiguen "aquellas conductas" que consistieron en "omitir auxilio" y no poner "en conocimiento de las autoridades" los ataques sexuales cometidos por profesores y sacerdotes. Al no denunciarlo, contribuyeron a la prescripción del delito principal: los abusos.

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