Malas noticias queridos apóstatas:
El Supremo anula una sentencia de la Audiencia Nacional que consideraba que en los Libros de Bautismo se podían añadir anotaciones de cancelaciones. La sentencia del Supremo, de fecha 19 de septiembre, considera que los Libros de Bautismo, como señalaron los servicios jurídicos del arzobispado de Valencia, no tienen la consideración de fichero, por lo que no están sujetos a la legislación en materia de protección de datos.
Hemos perdido una batalla, pero no la guerra. Siempre nos quedará el recurso de provocar la excomunión. Ya estoy pensando en qué "maldades" tenemos que decir y/o hacer para conseguirla.
Seguiremos informando. Que no decaiga...


Si es que no callan ni debajo del agua! Qúe pesaos los de la CEE… todo el día dando por saco! Con los documentos que les pide Garzón, primero que la CEE no es “competente”, luego que los pida a cada una de las 70 Diócesis, ahora que son documentos públicos, que no hay problema, que en cuanto reciban la petición…, pero cuántas veces tienen que recibir la petición los mamones estos!!! Joder, para canonizar a sus mártires estuvieron bien diligentes… ahora, para los muertos rojos… claro, si es que no los apuntábamos… total, para ir al infierno no hace falta estar registrado… si, al fin y al cabo, eran unos ateos de mierda… ¡Pues yo también soy un ateo de mierda y no hay manera de que me borren!

