El Juzgado de Instrucción nº 1 de Huesca ha otorgado la propiedad de la ermita románica de Nuestra Señora del Castillo al pequeño Ayuntamiento de Alberuela de Tubo, que demandó a la diócesis de Huesca por haber inscrito a su nombre el templo en el Catastro y en el Registro de la Propiedad. Es el tercer litigio que dirimen los tribunales de la provincia de Huesca sobre la propiedad de templos religiosos entre un ayuntamiento y una diócesis y es la primera vez que fallan en contra de los intereses de la Iglesia.
Recientemente, este mismo juzgado concedió la propiedad de la ermita de la Virgen de Casbas de Ayerbe, conocida como la ‘Capilla Sixtina’ del Alto Aragón por sus valiosas pinturas murales del siglo XVII, al Obispado de Huesca, aunque el Ayuntamiento va a recurrir; y antes el Juzgado de Boltaña sentenció lo mismo con la iglesia de Plan a favor del Obispado de Barbastro-Monzón. En ambos casos, los fallos argumentaron que el uso de estos templos era para culto y negaron que el pago de gastos de rehabilitación y mantenimiento por parte del municipio permitieran otorgara su titularidad.
El Ayuntamiento de Alberuela de Tubo, defendido por los servicios jurídicos de la Diputación Provincial de Huesca, aseguró que había ejercido de dueño de forma directa o a través de los vecinos "con diferentes actos inequívocos siempre en solitario y con total aquiescencia de los párrocos y del Obispado". Entre ellos, los trabajos de restauración costeados con fondos propios, donaciones y subvenciones a partir de principios de los 90 para mantener en pie el edificio ante su estado de ruina. Unas obras para las que nunca pidieron autorización a la diócesis. "Solo por el hecho de ser un edificio religioso o una ermita dedicada a la advocación de la Virgen María no es suficiente para atribuirle la propiedad al Obispado", defendieron.
La jueza ha estimado la demanda declarando que la finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Sariñena, consistente en la ermita de Nuestra Señora del Castillo situada en Alberuela del Tubo, pertenece al Ayuntamiento de Alberuela del Tubo. Y es que considera que ha acreditado por medio de documentos y de testigos que desde hace más de 30 años ha realizado actos que reflejan el dominio sobre el templo como obras de conservación, organización de actos públicos o la posesión de la llave de acceso al interior, requisito necesario para adquirir un bien por usucapión. Destaca que así como cuando intervenía en la iglesia del pueblo lo hacía con autorización de la diócesis, cuando se trataba de la ermita "actuaba por sí mismo y sin rendir más cuentas que las propias de un ente público".
La sentencia resalta que el único acto religioso que se lleva a cabo en la ermita es la romería de la Virgen del Castillo "y ni siquiera puede decirse que esta la secunden únicamente feligreses o devotos". El alcalde de Alberuela de Tubo, José Manuel Penella, ha admitido haberse "emocionado" al conocer el contenido de la sentencia y ha asegurado que esa misma alegría se ha extendido entre los vecinos del pueblo.
1 comentario:
Además de pederastas son ladrones. Buena la hizo el tontolaba de Nazaret montando una secta para escondrijo de malhechores...
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